ARTÍCULO DE REVISIÓN
CIENCIAS SOCIALES
La regulación jurídica
de la contratación de los nuevos actores económicos
The legal
regulation of the contracting of new economic actors
Rachel Lorenzo García
Universidad de Ciego de Ávila, Ciego de Ávila, Ciego
de Ávila, Cuba
http://orcid.org/0009-0002-3346-6993
Sury Saday Cruz Mazaira
cruzmazairasurysaday@gmail.com
Universidad de Ciego de Ávila, Ciego de Ávila,
Ciego de Ávila, Cuba
Recibido: 14/10/2022
Revisado: 31/10/2022
Aprobado: 01/12/2022
Publicado: 31/01/2023
RESUMEN
La presente investigación ofrece los fundamentos teóricos doctrinales que
configuran la creación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas siendo este
el aporte teórico fundamental que permitió llegar a ciertos criterios y evaluar la efectividad de las regulaciones normativas en el contexto de
las contrataciones de los nuevos actores económicos y su influencia en el
desarrollo socio-económico del país. Para la obtención
de la información compilada
se utilizan métodos teóricos: histórico-lógico, análisis-síntesis y el
inductivo- deductivo y los métodos empíricos: observación estructurada y el
análisis de contenido. Se analizan las Micros, Pequeñas y Medianas Empresas, las
cooperativas no agropecuarias y el trabajador por cuenta propia; se fundamenta
teóricamente cada uno de los aspectos a partir de una valoración conceptual, se
determinan sus componentes estructurales y formas organizativas. Adicionalmente,
se precisan las regulaciones jurídicas donde se plasman estas empresas no
estatales, con énfasis en los principales
resultados esperados.
Descriptores: Empresas;
regulaciones; económica; valoración.
ABSTRACT
The present
research offers the doctrinal theoretical foundations that configure the
creation of Micro, Small and Medium Enterprises being this the fundamental
theoretical contribution that allowed reaching certain criteria and evaluating
the effectiveness of the normative regulations in the context of the
contracting of the new economic actors and their influence in the
socio-economic development of the country. In order to
obtain the compiled information, theoretical methods are used:
historical-logical, analysis-synthesis and inductive-deductive and empirical
methods: structured observation and content analysis. Micro, small and
medium-sized enterprises, non-agricultural cooperatives and self-employed
workers are analyzed; each of the aspects is theoretically based on a
conceptual assessment, and their structural components and organizational forms
are determined. Additionally, the legal regulations where these non-state
enterprises are embodied are specified, with emphasis on the main expected
results.
Descriptors:
Enterprises; regulations; economic; valuation.
El sector privado de la economía han ocupado un
lugar nada despreciable. Sus avances no solamente se muestran en las cifras que,
y alcanza su crecimiento, sino también en el nivel de actividad que desarrollan
(Pérez, 2022).
Desde
1959, año que triunfó la Revolución Cubana dirigida por Fidel Castro, la
nacionalización de las empresas privadas y los pequeños negocios se vetaron por
décadas incluyendo la existencia de empresas privadas. Sin embargo, debido a la
caída del campo socialista de quien dependía la economía cubana, nació en Cuba
el Período Especial, época donde volvió a surgir el trabajo por cuenta propia o
cuentapropismo (Montero et al.,
2019). Evidenciándose
de forma notoria como el sector no estatal comenzaba ha
abrirse paso en la economía del país.
Logrando
el gobierno un control casi absoluto con un modelo de economía centralizada. En
1993, dando un paso atrás y apremiado por la falta de financiamiento tras la
desaparición de la URSS y el campo socialista, Castro autorizó el "trabajo
por cuenta propia", lo que hizo florecer a algunos pequeños emprendedores,
principalmente en el área de servicios (Rojas, 2023). Se observaron algunos
cambios respecto al sector privado de la economía del país, pero no tuvieron
mucho auge en estos años.
Casi
20 años después, con el sistema socialista vigente, el gobierno liderado por el
actual presidente Miguel Díaz Canel implementa cambios que algunos consideran, mientras
otros las critican como un mínimo escape a la presión que ejerce la población
en medio de una crisis de carencias de productos básicos, frecuentes apagones,
escasez de combustible y una inflación galopante que han propiciado una
emigración masiva mayor que todas las ocurridas después de la Revolución
combinadas (Rojas, 2023).
El sector privado
lo compone una franja de empresas y empresarios connotables
mutaciones tanto en las formas de su organización, su composición y las normas
que lo ordenan, entre las que se incluyen las formas de gestión no estatal. A
pesar de los avances y retrocesos en su desarrollo, durante últimos años se ha
favorecido su diversidad y crecimiento a partir de la aprobación de las
reformas legales que los regulan. Adoptan distintas formas de organización que
se extienden a la sociedad cooperada incluyendo a las sociedades de
cooperativas agropecuarias y no agropecuarias (CNA); las micro, pequeñas y
medianas empresas (MIPYMES), constituidas como sociedades mercantiles de responsabilidad
limitada, así como los proyectos de desarrollo local, a pesar del debate que
discrepa sobre la colocación de estos últimos en calidad de actores económicos (Pérez, 2022).
Pérez (2021) afirmo:
El sector de las MIPYMES "llegó para quedarse", dijo Everleny, que está entre un grupo de expertos locales que había recomendado por años medidas de este tipo que permitieran desatar las fuerzas productivas del país."No veo ningún otro sector, un área o grupo de áreas por los próximos cinco años que puedan sacar al país adelante". (p. 10)
El proceso de creación de las MIPYMES ha sido positivo
para el país, el 19,6% son de actividades manufactureras, El 12% de producción
de alimentos y bebidas, ocupan a 225 mil personas de los cuales 189 mil son
nuevos empleos. En Cuba las MIPYMES son alrededor del 50% (sin contar al
trabajo por cuenta propia que contrata hasta 3 trabajadores o e negocio
familiar) de total de organizaciones productivas, sin contar las unidades
presupuestadas de tratamiento especial, ni las empresas mixtas. Según se
planteó en la Asamblea Nacional, se espera que todas las formas de gestión no
estatal aporten el 13,9% del producto interno bruto (PIB), pudiera incluso ser
mayor y de todas formas muestra que el sector estatal garantiza una mayor
proporción de PIB (Mipymes en Cuba: Ángeles o
demonios, 2023).
En material legislativa el Título II de
la Constitución de la República de 2019, establece los fundamentos económicos
que se asientan en un sistema de economía socialista basado en la propiedad del
pueblo sobre los medios fundamentales de producción. Esta constituye la forma
de propiedad principal que tiene en cuenta, regula y controla el mercado en
función de los intereses de la sociedad. Sin lugar a dudas,
es a asignación prioritaria marca el reconocimiento y lugar que ostenta en
relación con el resto de las formas de propiedad reconocidas en la propia
norma, y establece una pauta que trasciende a su respectiva colocación, la de
los sujetos que la ostentan, así como la interacción entre estos (Pérez, 2022).
En el artículo 2 del propio cuerpo legal
reconoce como forma de propiedad la privada, abriéndole paso y dándole respaldo
al trabajador por cuenta propia, este, integra la heterogeneidad de actores
económicos que conforman el sector privado de nuestra economía. La legislación
reconoce las actividades que se desarrollan por el sector no estatal por los
diversos actores económicos ya existentes y los que surgieron actualmente por
el desarrollo del país y bienestar económico y social.
En la actualidad la
dinámica de las relaciones en las que podría intervenir este tipo de actor
económico se aprecia un tanto limitada por motivos muy diversos, entre ellos,
la naturaleza que caracteriza esta forma de actividad. El propio trabajador
deberá asumir los riesgos, aventuras y desventuras de la actividad económica
que realiza, así como de manera personal la responsabilidad en el cumplimiento
de las obligaciones, lo cual podría afectar hasta su patrimonio individual. La
ampliación de la lista de actores económicos que incluye las cooperativas no
agropecuarias y, aunque hasta este momento limitadas en su actividad y
expansión, y las MIPYMES, las que adoptan formas asociativas, en estas últimas
mediante la creación de sociedades de responsabilidad limitada. Así como la
sostenida resistencia de entidades e instituciones a establecer vínculos
comerciales con las formas de gestión no estatales (Pérez, 2022).
Hoy en día es una
realidad en el país que los nuevos actores económicos están dejando una huella
y se hacen notar. Desde su surgimiento han resuelto muchos de los problemas de
la sociedad, tanto en productos de primera necesidad como en productos alimenticios.
Pero no están exentos de las limitaciones impuestas respecto al tema de la
contratación económica. Presentando dificultades, limitaciones y diversas
condiciones que interfieren en su desarrollo y desempeño, pues no toda la
sociedad los vende de manera positiva. Son algo novedoso, desconocido para
muchos de ahí que tengan miedo y se resistan a intercambiar con estos, el
desconocimiento existente, de todas las herramientas y mecanismos, de las
normas, los perjuicios sociales y empresariales logrado a todo lo antes
expuesto están interfiriendo en su avance en la sociedad.
Por
tanto, a partir del análisis se propone como objetivo general: evaluar la efectividad de las regulaciones
normativas en el contexto de las contrataciones de los nuevos actores
económicos y su influencia en el desarrollo económico de Cuba.
Para hablar de PYMES es
preciso comenzar con los antecedentes del fenómeno doctrinal y el desarrollo
que ha experimentado tanto de forma social y económica, que nos permita contar
con los elementos necesarios para definir un modelo autóctono y acorde con
nuestras características.
El término PYMES es el acrónimo de Pequeñas y medianas Empresas, creado en los años setenta, cuando la Organización para la Cooperacion y el desarrollo (OCDE) comenzó a utilizer el termino para referirse a las empresas que tenian menos de 500 empleados. Desde entonces el termino se ha utilizado ampliamente en el mundo. Este termino se refiere a las empresas que tienen un número limitado de empleados, ingresos y activos en comparación con las grandes empresas. En esencia juegan un papel importante en la economía global, ya que representan una gran cantidad de empresas en el mundo. (Espinosa, 2023)
Antes de 1959 la
industria cubana estaba conformada por la azucarera y la manufacturera. La
industria azucarera constituía un grupo de grandes centrales con una estructura
de producción y gran cantidad de centrales pequeños. El resto de las industrias
a nivel nacional eran pequeñas palabras con inversiones de capital de poco
monto y reducido el número de trabajadores que se utilizaban para satisfacer
las demandas internas (Pérez & Togores, 1997).
En 1959 Cuba presentaba
una economía muy dependiente de la producción azucarera, sin capacidades
estaban sujetas al comportamiento de las exportaciones de estas industrias. A
partir de ese momento comienza un período caracterizado por varias transacciones
estructurales dónde se encuentran las nacionalizaciones realizadas
fundamentalmente en 1960, a la aplicación de leyes de reforma agraria
provocando incertidumbres entre los inversionistas en las que se agudiza su
paralización con las primeras medidas revolucionarias y el inicio del
enfrentamiento con los Estados Unidos (Pérez & Togores, 1997).
Es así que a partir de los años 90 surge un incremento de interés por el estudio de estás empresas, otorgándole a las mismas una unidad conceptual propia y singular, con características y dinámicas particulares diferenciadas de las grandes empresas. Acompañando este proceso se incrementaron considerablemente las políticas públicas destinadas a brindar apoyo a las pequeñas y medianas empresas, creando concomitantemente instituciones para tales fines. (Pérez, 2021)
Han pasado dos años desde
que en septiembre del año 2021 el gobierno cubano aprobara la creación de las
primeras 35 micro, pequeñas y medianas empresas, número que ha seguido
creciendo, pues en su momento fue la tercera medida de cambio para impulsar las
fuerzas productivas en la isla desde el triunfo de la revolución.
Las MIPYMES han logrado
una importante evolución a lo largo del tiempo ya que se han enfrentado
agrandes desafíos por lo que se han adaptado a varias circunstancias tanto
económicas como tecnológicas. En cuanto a su origen las MIPYMES han existido
hace mucho tiempo debido a que representa gran parte de la economía y a medida
que avanzaban las industrias se iban comercializando negocios en otros
sectores. También destacamos que su evolución es un proceso continuo, la misma
cuenta con ventajas como son acomodarse fácilmente a los nuevos cambios en el
mercado.
La conceptualización
resume las concepciones esenciales para impulsar el desarrollo socioeconómico
conforme con las apariciones y particularidades actualizadas del proceso
revolucionario cubano. Este sirve para una mayor concepción del modelo.
El concepto de PYMES difiere en sus siglas en pequeños espacios de un país con otro, ya que si bien es cierta la base de las pequeñas y microempresas acoge los mismos elementos, dependerá del nivel de desarrollo de cada nación para poder establecer igualdad o desigualdad en las mismas. Por ejemplo, una empresa pequeña en Suiza puede ser una grande en Ecuador. (Cardoso et al, 2012)
Sin embargo, para el Servicio de Rentas Internas (SRI), a las PYMES se las conoce como “al conjunto de pequeñas y medianas empresas que, de acuerdo a su volumen de ventas, capital social, cantidad de trabajadores, y su nivel de producción o activos presentan características propias de este tipo de entidades económicas”. (Servicio de Rentas Internas, 2012, p. 4)
La Unión Europea en su
Bolton Report de 1971, describe las principales
características de una pequeña empresa, indica que es un negocio independiente,
gestionado por su propietario o que tiene una pequeña participación en el
mercado. Incluso este informe en Reino Unido dio un aporte significativo al dar
paso al nombramiento de un primer ministro para la pequeña empresa en 1972 (Chavez et al, 2018). Indica que estas empresas son de pequeño tamaño
ya que presentan pocos recursos.
Las empresas varían según
su región ya que en un país una empresa de 10 empleados puede ser pequeña y su
vez en otro país es denominada como empresa grande. Por lo que su tamaño no lo
definen una cantidad de empleados específicos.
En concordancia con lo
anterior, las empresas de América Latina que están formadas por 20 personas
puede ser considerada como pequeña, y en otros una de 200 podría asumir esta
clasificación, por lo que está claro que el número de trabajadores no puede ser
quien identifique el tamaño de una empresa cuando se considera países de
desarrollo relativo diferente (Lukács, 2005).
En el referido Decreto Ley (2021), se definen las MIPYMES, como aquellas unidades económicas con personalidad jurídica, que poseen dimensiones y características propias, y que tiene como objeto desarrollar la producción de bienes y la prestación de servicios que satisfagan necesidades de la sociedad. Entre las particularidades de estos entes en Cuba, destacan que pueden ser de propiedad estatal, privada o mixtas, se constituyen como sociedades mercantiles, adoptando la forma de sociedad de responsabilidad limitada, y se clasifican, según preceptúa el artículo 4 de la norma aludida, tomando como referencia el número de personas ocupadas incluidos los socios. (Marin, 2021, p. 29)
Las empresas privadas
constituyen el sector privado de la economía y sus accionistas son
independientes al Estado. Las empresas estatales son aquellas entidades con
personalidad jurídica propia, las mismas son accionadas por el Estado, y las
empresas mixtas es la unión de estas dos donde sus dirigentes son las personas
naturales y el Estado.
El término “empresa media” fue acuñado en México para refundir en un solo grupo a las pymes y aquellas microempresas que denominamos “con opción de desarrollo”. Esta nueva clasificación profundiza la forma común de dividir las microempresas entre las de subsistencia y aquéllas con opción de desarrollo, utilizando como único criterio el número de trabajadores que laboran en ellas. Si bien la variable número de trabajadores da una idea cuantitativa de la microempresa, no entrega ningún indicio sobre sus características cualitativas. (Zevallos, 2003, p. 40)
Las micros pequeñas y
medianas empresas representan una gran parte en la economía del país. Ésta nos
brinda empleos, innovaciones y nos ayuda a la contribución del crecimiento de
nuestra economía. Su conceptualización varía según sus industrias y el país por
diferentes criterios en cuanto a la cantidad de empleados, el tamaño de la
empresa, la cantidad de ventas entre otros.
Las MIPYMES atendiendo al
lugar donde se desarrollan se pueden clasificar según su tamaño, donde
predomina los ingresos, sobre el número de trabajadores, tal cual lo define el
Reglamento a la estructura e institucionalidad de desarrollo productivo de la
inversión y de los mecanismos e instrumentos de fomento productivo, establecidos
en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (Presidencia de
la República, 2017).
Las microempresas son las
que poseen ingresos menores a $100.000,00 y cuentan con una cantidad de
trabajadores entre 1 y 9 personas, las pequeñas empresas son las que cuentan
con los ingresos entre $100.001,00 y $1'000.000,00 y de cantidad de
trabajadores entre 10 y 49 personas, y las medianas empresas son las que
obtienen de ingresos entre $1'000.001,00 y $5'000.000,00 y cuentan con una
plantilla de trabajadores entre 50 a 199 personas (Presidencia de la República,
2017).
También en cuanto al tipo
de propiedad, puede ser privadas, estatales y mixtas. En las privadas, el dueño
o socio puede ser una o varias personas naturales, en las estatales solo el
Estado, y las mixtas son una combinación donde en ambas entidades, pueden ser
socios tanto las personas naturales como el Estado. No obstante, la
viceministra Odriozola preciso que, en el caso de las estatales, el socio no
necesita estar adscrito a una institución del Estado, sino que puede ser tanto
un experto, profesor o jubilado, como una universidad o centro de investigación
(Marin, 2021).
Su clasificación es muy
variada según el país, la región, el contexto, las industrias, los criterios y
otros. Las microempresas aparte de estar compuestas por 10 empleados, ellas
están orientadas a hacer actividades de pequeñas producciones; las pequeñas empresas
empleando desde 10 hasta 50 personas son operaciones locales o regionales
obteniendo un mayor alcance, estás empresas suelen ser más desarrolladas que
las microempresas. Y las medianas empresas son empleadoras entre 50 y 250
personas una suma mayor que las otras 2 anteriores mencionadas, estás tienen
una estructura mucho más compleja y son a nivel regional y nacional.
Los trámites para la
creación de las MIPYMES se realizan, fundamentalmente, de manera digital, a
través de la Plataforma de Actores Económicos, del Ministerio de Economía y
Planificación (MEP); aunque se admite, de acuerdo con determinadas condiciones
que tenga cada persona esté puede realizarlo de forma presencial. Estos son:
Una vez concluidos los trámites anteriores, la Plataforma de Actores Económicos (PAE) del Ministerio de Economía y Planificación (MEP) envía copia del expediente de la MIPYME a las oficinas de Trámites creadas por cada Ministerio del sector, cuando corresponda, a los efectos de la tramitación de las licencias y permisos requeridos para el ejercicio de sus actividades: Solicitudes de Licencias para realización de las actividades: Licencia Sanitaria, Licencia de operación de transporte, Licencia de Producción Industrial de Alimentos y Bebidas o la Licencia Especial para la Producción de Ron Cubano de Exportación, según proceda. (Cubatramite, 2022, p. 15)
Se requerirá reunir o
descargar la documentación necesaria para la solicitud de creación de una
MIPYME: Carné de identidad y fotocopia del anverso y del reverso de cada uno de
los socios fundadores de la MIPYME, que se pretenda constituir, Planilla de Solicitud
de Creación de MIPYMES, Documento que contenga el listado de los aspirantes a
socios fundadores con los datos que se solicitan en la planilla, Estatutos
sociales, Carta de aprobación del socio fundador designado encargado de
tramitar la solicitud de creación (también aspirante a socio fundador) firmada
por el resto de los socios, Certificado de la marca registrada, Dictamen de Uso
de Suelo (Cubatramite,2022). Es fundamental que se reúnan todos estos
requisitos porque con la ausencia de uno de ellos no se podrá presentar dicha
solicitud.
Estos requisitos suelen
variar en cuanto al país ya que cada uno puede tener requisitos específicos,
también pueden variar según la naturaleza de la empresa. Por lo que es
fundamental contar con los asesores legales o profesionales para alcanzar un
correcto cumplimiento de todos estos requisitos legales para lograr una
constitución lo más adecuada posible de las micros pequeñas y medianas
empresas.
Los socios propietarios,
así como del interés social; sustentada en el trabajo de estos (Cubatramite, 2023). Estás cooperativas fueron creadas para
contribuir a un mejorado desarrollo económico para satisfacer nuestras
necesidades respecto a la economía. Las cooperativas no agropecuarias se crean con el
fin de esclarecer la formación, licitación y funcionamiento, como:
Una
organización con fines económicos y sociales, que se constituye voluntariamente
sobre la base del aporte de bienes y derechos y se sustenta en el trabajo de
sus socios, cuyo objetivo general es la producción de bienes y la prestación de
servicios mediante la gestión colectiva para la satisfacción del interés social
y el de los socios. Por tanto, las cooperativas no agropecuarias se forman por
los aportes dinerarios de personas naturales que deciden voluntariamente
asociarse entre sí bajo el régimen de propiedad colectiva con la finalidad de
adquirir conjuntamente insumos y prestaciones, así como comercializar productos
y servicios. (VII Congreso del Partido Comunista de Cuba, 2016, p. 26)
Las cooperativas no
agropecuarias (CNA) en Cuba se constituyen voluntariamente como entidad
económica, de carácter empresarial, con personalidad juridical
y patrimonio propio a partir de la asociación voluntaria de personas que
aportan dinero, otros bienes y derechos para la satisfacción de necesidades
económicas, sociales y culturales de sus territorios.
La creación de las cooperativas no agropecuarias a solicitud de personas naturales de nacionalidad cubana, se realiza a través de la Plataforma de Actores Económicos (PAE), del Ministerio de Economía y Planificación (MEP). Dicha Plataforma es la encargada de enviar el expediente digital de la cooperativa en formación a las diferentes instituciones y/ o entidades que participan en el proceso, lo que disminuye los trámites burocráticos. (Cubatramite, 2023, p. 22)
En la actualidad en Cuba
se desarrolla un proceso de actualización del modelo económico y social
sustentado por los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y
la Revolución aprobados en abril de 2011 para la evolución de estás cooperativas
en su economía (Jiménez & Padrón, 2016).
El cuerpo legal que
regula el desarrollo de las cooperativas no agropecuarias está conformado por
los Decretos-Ley del Consejo de Estado No. 305 y No.306, del 15 y 17 de
noviembre de l2012 respectivamente; el Decreto No.309 del Consejo de Ministros,
del 28 de noviembre del 2012; la
Resolución No.427/2012 del Ministerio de Finanzas y
Precios y la Resolución No.570/2012 del Ministerio de Economía y Planificación
Decreto-Ley No 305 y 306 de 2012). Destacando en estos secretos cuáles son sus
clasificaciones, con que fines fueron creadas y entre otros aspectos.
Las Cooperativas pueden ser de primero o de segundo grado. Es de primer grado la Cooperativa que se integra mediante la asociación voluntaria de al menos tres personas naturales. Es de Segundo grado la Cooperativa que se integra por dos o más Cooperativas de primer grado con el objetivo de realizar actividades complementarias a fines o que agreguen valora los productos y servicios de sus socios, o de realizar compras y ventas conjuntas. (Decreto-Ley No.305, 2012, Artículo 5)
Las cooperativas de
consumo se enfocan en la adquisición de bienes y servicios por parte de sus
respectivos miembros permitiéndole a su vez obtener mejores precios y calidad.
Estás cooperativas abarcan una amplia gama de actividades comerciales y de servicios.
Las Cooperativas de primer grado pueden formarse a partir del patrimonio integrado por los aportes dinerarios de personas naturales que deciden voluntariamente asociarse entre sí bajo el régimen de propiedad colectiva. Por personas naturales que decidan voluntariamente asociarse entre sí, solo con la finalidad de adquirir conjuntamente insumos y servicios, comercializar productos y servicios, o emprender otras actividades económicas conservando los socios la propiedad sobre sus bienes. (Decreto-Ley No 305 de 2012, Artículo 6)
Estás cooperativas están
destinadas a operar en diversos sectores tales como los alimentos, productos de
limpieza, energía, vivienda; estás les brindan a sus miembros una oportunidad
para acceder a una vivienda de una forma un poco más asequible y participar en
su gestión.
“A partir de medios de
producción del patrimonio estatal, tales como inmuebles y otros, que se decidan
a gestionar usufructo o tras formas legales que no impliquen la transmisión de
la propiedad. Una combinación de las formas anteriores” (Decreto-Ley No 305 de
2012, Artículo 6).
Se establece que las
personas naturales para ser socios de una Cooperativa deben reunir los requisitos
siguientes como tener 18 años de edad, ser residente
permanente en Cuba y estar apto para realizar labores productivas o de
servicios de las que constituyen su actividad (Decreto-Ley No 305 de 2012,
Artículo 10). Siendo estos los requisitos para ser empleados en esta
asociación, por lo que en caso de incumplimiento de alguno de ellos es
imposible formar parte de esta.
Las
cooperativas no agropecuarias son organizaciones que se basan en varios
principios del cooperativismo. Estás cooperativas tratan de obtener con su
creación el bienestar socioeconómico de sus trabajadores que los componen tanto
los trabajadores como los usuarios que les ofrecen los servicios.
El TCP es un
trabajador autónomo que puede contratar familiares o tres personas, cuando
exceda esa cifra sería una empresa o cooperativa. Los titulares tendrán un año
para la conversión. El Decreto-Ley 44 establece importantes cambios al
cuentapropismo impulsado en el país desde 2010, y el más significativo es su
definición, al verse ahora como un trabajo que se realiza de forma autónoma,
aunque el titular puede contratar hasta tres empleados. (Figueredo &
Izquierdo, 2021, p. 53)
La
directora jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS),
reconoció que antes se desvirtuaba el significado del trabajo por cuenta
propia, pues no pocos negocios funcionaban como una empresa, no solo por el
número de contratados sino también por el tamaño de la actividad. Algunos
ejemplos de trabajadores por cuenta propia son los profesionales
independientes, los dueños de pequeños negocios y los emprendedores
individuales (Marin, 2021).
Pueden ser
TCP personas naturales, mayores de 17 años, y ciudadanos extranjeros residentes
en Cuba. Las nuevas regulaciones actualizan las disposiciones sobre esta forma
de gestión, que quedan unificadas en una sola norma de rango superior. Las
solicitudes se realizarán en las oficinas de trámite, que ya están creadas en
las direcciones municipales de Trabajo. En el caso de las actividades
relacionadas con el transporte se deberá ir a las oficinas habilitadas por el
Ministerio del sector. Se trata de un trámite expedito, subrayó la
especialista, y aclaró que la autorización se otorga en un plazo de hasta 25
días. (Marin, 2021, p. 32)
Según
se lee en la norma, el trabajo por cuenta propia es la actividad o actividades
que, de forma autónoma, realizan las personas naturales, propietarios o no de
los medios y objetos de trabajo que utilizan para prestar servicios y la
producción de bienes. El trabajo autónomo domina el control total de la
actividad que realiza y a su vez toma decisiones de forma independiente (Mipymes en Cuba: Angeles o demonios, 2023).
El papel del trabajo y su
lugar en la creación de la riqueza colectiva constituye uno de los preceptos
básicos para el mantenimiento de la condición humana y de la vida de la
sociedad. Es una condición esencial para que el individuo se reproduzca, eleve el
nivel de vida personal y de su familia. Mediante el trabajo creador el hombre
desarrolla diversas habilidades, destrezas, conocimientos y despliega sus
capacidades en función de la producción social. Por ello es importante el
estudio de la movilidad laboral (Vila, 2022). El individuo desarrolla una actividad económica
por su propia cuenta si depender laboralmente de otra persona convirtiéndose
así en su propio jefe y único responsable.
Cuba establece de forma simultánea la relación entre el crecimiento económico y el desarrollo social; trata de imprimir nuevos cambios en las relaciones de producción con los ajustes necesarios en las relaciones de distribución que afronta la nación en la actualidad. Desde el año 2011 con la apertura de nuevas formas de propiedad, el panorama que exhibe la nación es bien distinto. La extensión del propio trabajo privado y la aplicación de otras formas de gestión, distintas a las heredadas desde el año 1959, ha traído consigo nuevas expresiones en el mundo del trabajo y, por ende, novedosos cambios en la política laboral y salarial actual. (Vila, 2022, p. 12)
El trabajo por cuenta
propia adopta diferentes formas y ejerce una amplia gama de sectores.
Implicando ventajas y desventajas ya que por una parte te brinda la posibilidad
de tener un mayor control propio sobre el trabajo y a su vez implica una gran
responsabilidad.
Con la crisis de los noventa, miles de trabajadores quedaron sin empleo, se llegó a experimentar una cifra de desempleo nunca visto en la historia económica cubana (8,5 por ciento), sobre todo en zonas urbanas. La propia desestructuración del sistema socialista con quien hacía más de 40 décadas) sosteníamos intercambios comerciales y de todo tipo, trajo consigo una reducción de capacidades instaladas en un 75 por ciento. Según estimaciones, en el año 1993 solo se aprovechó entre el 12% de la capacidad industrial instalada y el 15% y la contracción del comercio exterior (en más del 70%) (Sánchez & Triana, 2010, p. 84)
Existen diversas
definiciones sobre el trabajo por cuenta propia. También se utiliza como uno de
sus sinónimos el autoempleo, entendido este como aquella actividad que ejerce
una persona de forma independiente, que depende de sus propios resultados y obtiene
de forma directa sus ingresos, sin existir un intermediario (Vila, 2022). Ya que este trabaja por sí sólo sin ayuda de
ningún otro trabajador para satisfacer sus necesidades.
En su investigación
doctoral, Vila Pérez trabaja de manera sistemática las tendencias y
contradicciones de la política de empleo de la sociedad cubana. Parte del
criterio de que el trabajo por cuenta propia es una forma de empleo que si, primeramente, la apertura se realiza para resolver los
problemas de desempleo e incrementar ofertas de bienes y servicios a la
población, en las condiciones actuales hay que romper el mito y reconocer que
el trabajo en el sector no estatal llegó para quedarse, y ello forma parte de
las peculiaridades de un país en transición socialista (Vila, 2012)
El trabajo por cuenta
propia es una actividad privada, que se dedica a la producción de bienes y
servicios. Se lleva a cabo por individuos solos con la participación de
familiares, amigos, y personas necesitadas de empleo. Generalmente se trabaja
en pequeña escala, basada en el trabajo manual y el empleo de medios de
producción (Vila, 2022).
En
el trabajo por cuenta propia el trabajador o la persona realizan una actividad
económica por su propia cuenta convirtiéndose así en su propio jefe y es el
responsable de su actividad laboral y todas las decisiones que se relacionen
con su negocio como la búsqueda de clientes, la gestación financiera entre
otras.
Podemos
decir que a modo de resumen que las micros pequeñas y medianas empresas, las
cooperativas no agropecuarias y el trabajo por cuenta propia han evolucionado
grandemente ya que las pymes están enfocadas en prácticas empresariales
sostenibles en la responsabilidad social, trabajando de manera responsable con
sus empleados o trabajadores, destacando que la evolución de la
misma es un proceso continuo que implica factores importantes de cada
industria y país. Las cooperativas no agropecuarias pueden variar en cuanto al
término, estructura, área de actividad y alcance geográfico. Y el trabajo por
cuenta propia implica tanto aspecto positivo como desafíos por un lado brinda
mayor control sobre el propio trabajo y por otro lado implica mayor
responsabilidad y búsqueda de oportunidades laborales.
Su
conceptualización es muy variada en cuanto a los diferentes criterios según su
industrialización y el país donde se encuentren y están basados en el número de
empleados, la cantidad de ventas, el activo total, siendo estos los factores
para clasificar a las empresas en micros pequeñas y medianas. Sin dejar de
destacar que el número de empleados de una empresa no es quien define el tamaño
de la misma. Las MIPYMES tienen una clasificación muy
concreta, estás son microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas donde
varían la cantidad de empleados y el tamaño de las producciones, unas a nivel
regional y otras a nivel nacional. También se caracterizan por tener requisitos
indispensables sin los cueles no se construiría.
El Decreto Ley 46 de 2021
es una gran legislación en Cuba que se creó con el objetivo de promover el
desarrollo de las actividades empresariales en estos sectores y marcó un antes
y un después en el desarrollo socio económico del país, traspasando barreras y
estableciendo pautas nunca vista en la legislación cubana, de ahí su gran
relevancia, por primera vez se le otorgaba una alta gama de disposiciones específicas
para estos emergentes actores económicos. Este decreto amplía las actividades
económicas permitidas para el trabajo por cuenta propia.
El presente Decreto Ley tiene por objeto regular la creación y funcionamiento de las micros pequeñas y medianas empresas. Las MIPYMES se rigen por lo establecido en la Constitución de la República, lo previsto en este Decreto-Ley, en sus normas complementarias, sus Estatutos sociales, reglamentos internos, los acuerdos que adopten sus órganos de dirección, control y administración y demás disposiciones jurídicas vigentes, en lo que le sean aplicables. (Decreto Ley 46 de 2021, Artículo 5.1)
Este Decreto simplifica
las regulaciones relacionadas con la contratación de fuerzas laborales
permitiéndole a los emprendedores contratar a un número más amplio de
trabajadores contribuyendo así al dinamismo económico.
Estos cambios representan
un esfuerzo significativo por parte del gobierno cubano para dinamizar el
desarrollo de la actividad empresarial en el país. Reconociendo el papel
fundamental que desarrollan los pequeños negocios en la economía nacional.
Entre las principales
restricciones de ambas normas pueden mencionarse: La forma jurídica que se
permite para las MIPYMES es la de una sociedad de responsabilidad limitada
(S.R.L.), que se para el patrimonio personal de los propietarios o socios
respecto al de la empresa. Sin embargo, no se ha considerado la posibilidad de
constituir sociedades anónimas (S.A.) que podrían conducir a la aparición de un
mercado de capitales. Se prohíbe la posibilidad de ser socio de más de una
MIPYME, lo cual no permitiría a los inversionistas domésticos diversificar
riesgos, al tiempo que resulta una prohibición carente de sentido si se tiene
en cuenta que lo que se necesita es la aparición de muchas empresas de este
tipo (Miranda, 2021). Por lo que si una persona es socio de una MIPYME
no será contratada en otra.
El Decreto 49 adopta la reciente práctica de listar las actividades prohibidas en lugar de las permitidas; aunque son tantas las que se prohíben que se limitara considerablemente su potencial efecto positivo sobre el crecimiento económico. Sin embargo, es de destacar que se permite el desarrollo del comercio minorista y mayorista, aunque con algunas limitaciones de tipos de productos y de trabajadores a contratar. (Miranda, 2021, p. 18)
Únicamente se permite ser
propietarios o socios de MIPYMES a cubanos o extranjeros residentes permanentes
en el país, y eso excluye expresamente a los cubanos residentes en el exterior.
En la experiencia de China y Vietnam, los nacionales residentes en el exterior
fueron fuente importante de creación de negocios al amparo de las leyes de
Empresas adoptadas en aquellos países como parte de sus procesos de reforma
económica (Miranda, 2021). Está limitación requiere que ningún extranjero o
cubano que actualmente vivan en el exterior puedan ser propietarios de una
empresa aquí en Cuba.
Aunque no se prohíbe todo
el comercio mayorista y minorista, el Estado mantiene un monopolio ineficaz en
las grandes superficies y, debido a su escasez de recursos, no puede asegurar
las importaciones necesarias para dinamizarlos. Las prohibiciones de comercializar
de forma privada ciertos bienes que podrían tener alta demanda se mantiene como
una fuerte limitación al desarrollo del mercado. En esta misma línea se ubica
la prohibición de actividades de almacenamiento y depósito (Miranda, 2021). La economía del país ha enfrentado limitaciones
de importaciones y exportaciones en cuanto a la dependencia del comercio
exterior, la escasez de recursos, lo que puede afectar la capacidad de
contratación y desarrollo empresarial.
Varias prohibiciones carecen de sentido económico, porque muchas de esas actividades no son desarrolladas por empresas estatales y su aparición contribuiría al avance de la economía, especialmente en la fabricación de productos industriales. Tales son los casos de la fabricación de vehículos automotores; pilas, baterías y acumuladores; construcción de embarcaciones; fabricación de motocicletas, locomotoras y material rodante. (Miranda, 2021, p.11)
Es claro que resulta
difícil que una mediana empresa sea capaz de producir locomotoras, automóviles
o motocicletas y otros equipos de gran complejidad, ya que no tiene los medios
necesarios para la fabricación de estos equipos.
Existen prohibiciones que
responden a razones políticas, o para mantener el control sobre la producción y
difusión de bienes culturales y sobre ideas que puedan resultar contestatarias
son las galerías de arte privadas; edición, maquetación e impresión de libros,
periódicos, tabloides y revistas en cualquier formato o soporte; producción
audiovisual y cinematográfica profesional; creación de sellos discográficos,
editoras musicales y entidades para la comercialización de discos; actividades
de telecomunicaciones alámbricas, inalámbricas y por satélite; así como
proscripción expresa al ejercicio del periodismo (Miranda, 2021).
En resumen, la cantidad
de prohibiciones antes mencionadas y las que no han sido incluidas en esta
relación, demuestran las excesivas limitaciones impuestas al desarrollo de la
actividad empresarial privada a escala de micros, pequeñas y medianas empresas;
en un momento en el que ellas deberían servir como importantes mecanismos para
impulsar el desarrollo de la producción y los servicios en el país.
Varios de los principales problemas que dificultan el desarrollo de los nuevos actores económicos micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes); cooperativas no Agropecuarias (CNA), y trabajadores por cuenta propia– y limitan su aporte a la nación, fueron debatidos durante el intercambio entre representantes de este tipo de emprendimientos y autoridades del Ministerio del Comercio Interior y el Ministerio del Turismo. (Conde, 2022, p. 45)
No obstante, reconoció la
existencia de varios problemas internos que impiden solucionar determinadas
dificultades. Por lo que insistió en la necesidad de una mayor preparación de
los municipios en cuanto a los nuevos actores económicos, en el asesoramiento
legal adecuado, así como en el conocimiento de que las empresas estatales
poseen facultades para realizar determinadas actividades de
acuerdo al tipo de empresa (Conde, 2022).
Desde el surgimiento de
la micro, pequeña y mediana empresa (mipyme)
Guajiritos S.R.L., su director Eduardo Bermúdez, insistió en la importancia de
contar con entidades importadoras y exportadoras, pues resuelven un grupo de
problemas y agilizan los procesos. También reconoció que el principal problema
de hoy en día que son los tiempos de trabajo y otros conflictos que quizás
podrían resolverse a través de la informatización (Prensa Latina, 2022).
Por su parte, el director
de la empresa estatal Cinesoft, Iván Barreto,
insistió en la necesidad de defender la personalidad jurídica de los proyectos
de desarrollo local para que puedan acceder a estas opciones de comercio
exterior y mercados mayoristas para una mejor economía (Prensa Latina, 2022).
Respecto a estos temas, la directora adjunta del Grupo Empresarial de Comercio Exterior (Gecomex), evaluó la medida para la incorporación de las formas de gestión no estatal a las actividades de importación y exportación como un éxito, pues permite que todos los actores se complementen en función del desarrollo económico nacional. Persisten dificultades asociadas a la capacidad de adaptar los procedimientos sin dejar de cumplir las normativas internacionales, a las pequeñas compras por desconocimiento sobre lo que demandan estos nuevos actores y a la necesidad de acortar los tiempos. (Prensa Latina, 2022, p. 60)
En línea con estos
desafíos, el director general de Gecomex, Aurelio Mollineda, llamó a utilizar los contratos como formas de
establecimiento de negocios y vías para exigir resultados o soluciones ante
posibles incumplimientos. Todos somos empresarios, entre nosotros tenemos que
tratarnos con ética y buscar en conjunto la solución de los problemas, concluyo
(Prensa Latina, 2022). Dejando muy claro que solo nosotros somos capaces de
solucionar cualquier problema que nos propongamos.
Estos desafíos
representan una parte de las dificultades de los nuevos actores económicos.
Cada situación es una sola y su contexto puede variar en dependencia de su
industrialización, sus mercados y sus entornos económicos específicos.
Según el Decreto-Ley 46 que establece su nacimiento, las Mipymes tienen la obligación de rendir información estadística según se dispone legalmente y, como parte de su autonomía, gozan de facultades como exportar e importar de acuerdo con lo establecido, gestionar y administrar sus bienes, definirlos productos y servicios a comercializar, así como sus proveedores, clientes, destino se inserción en mercados, operar cuentas bancarias y acceder a cualquier fuente lícita de financiamiento, fijarlos precios de sus servicios y bienes, excepto aquellos que sean de aprobación centralizada. (Sierra, 2023, p. 43)
El objeto social puede
estar sujeto a regulaciones específicas en varias jurisdicciones y puede ser
modificado a medida que la empresa evoluciona y a su vez se adapta a las
necesidades del mercado.
Es válido recordar que estas formas de gestión pueden también definir su estructura, plantilla y cantidad de trabajadores, determinar los ingresos de su personal respetando los mínimos salariales establecidos en regulación laboral; realizar las inversiones que se requieran para el desarrollo de la Mipyme, cumpliendo las regulaciones; crear establecimientos que no tengan personalidad jurídica, dentro o fuera de la provincia donde radica su domicilio social; y otras que se deriven de su condición de empresa, siempre que cumplan lo establecido. (Sierra, 2023, p. 26)
El objeto social es la
finalidad por la que va a construir una empresa, es a lo que se va a dedicar la
sociedad, un ejemplo es extraer algo y luego venderlo. Es el requisito
fundamental por el que se construirá la empresa, es a aquello que se va a
dedicar plenamente en su desarrollo y funcionamiento.
El perfeccionamiento de los actores económicos está vinculado con la necesidad de prepararnos para aprovechar todas las potencialidades internas del país, todo el talento formado por la Revolución durante tantos años, las reservas que podemos explotar en función de respaldar una diversificación de la producción nacional y un crecimiento económico con el mínimo de componente importado. Así lo afirmó este miércoles el vice primer ministro y titular de Economía y Planificación (MEP), al intervenir en la Mesa Redonda. En esa dirección, subrayó la importancia del crecimiento económico sobre la base del incremento de la producción nacional, que no esté sustentada en un aumento de las importaciones. (Gil, 2023 p. 20)
El perfeccionamiento de
los actores económicos es un proceso dinámico que busca fortalecer la capacidad
individual y empresarial para lograr un mejor impacto al desarrollo económico y
social. También implica un desarrollo de habilidades para los cambios, esto
incluye la capacidad de adaptarse a nuevos entornos, superar los grandes
desafíos entre otros.
La aprobación de los decretos-leyes como parte del perfeccionamiento de los actores de la economía cubana no está relacionada con los sucesos del 11 de julio, sino que responden a un proceso de elaboración, diseño y consenso de las normas jurídicas. Informó que se trabaja en los últimos toques de las legislaciones, las cuales se publicarán en los próximos días en la Gaceta Oficial de la República, teniendo en cuenta que las personas necesitan un tiempo para poder leer, aprender y comprender los nuevos decretos. (Gil, 2023, p. 36)
El perfeccionamiento no
se limita a las Mipymes, al trabajo por cuenta propia
y a las cooperativas, sino que impacta también en la empresa estatal, principal
actor económico cubano. En ese sentido, es necesaria la aprobación de un grupo
de medidas para dotar de mayor autonomía a la empresa estatal, entre las que se
encuentran la flexibilización de los indicadores directivos y la distribución
de utilidades por la vía de ingreso al trabajador, y la eliminación de la
obligatoriedad de aplicar la escala salarial (Gil, 2023). Al hablar de perfeccionamiento es preciso aclarar
que se habla de manera general por lo que al implantar nuevas medidas se
obtiene una mejor economía.
Las Mipymes son un actor económico que nos debe dotar de una mayor flexibilidad, que puede aprovechar los recursos endógenos de los territorios; que puede ajustarse a un entorno más flexible, y que va a nacer dotado de una mayor autonomía para la toma de decisiones en cuanto a los precios. (Gil, 2023, p. 19)
Ventajas de las pequeñas empresas. Lo principal es que se transforma en una fuente de ingresos, siendo un sustento. Al ser pequeña tiene la facilidad de ser modificada en caso de que la primera no funcione. Dependiendo del país, existen ayudas o concursos a los que se puede postular y así recibir ayuda del gobierno. O bien, dentro de los bancos se han creado diversos tipos de financiación para que quienes tienen proyectos para emprender, puedan acceder a ellos. Su estructura puede ser modificada fácilmente. (Editorial Etece, 2021, p. 11)
Las MIPYMES cuentan con
ventajas como la capacidad en adaptación fácilmente a los cambios en el mercado
y la toma de decisiones. Al tener un gran alcance regional estas establecen
relaciones más estrechas con sus clientes permitiéndole comprender las necesidades
del mercado de forma precisa.
Juegan un rol fundamental
pues se caracterizan por ser más flexibles y agiles que las grandes empresas.
Esto le permite adaptarse a los cambios en el mercado y a las necesidades de
los clientes. Ademas son una fuente importante de
empleo principalmente en países en desarrollo.
Son generadores de
empleo, aunque no a gran escala, pero sí le brindan la posibilidad a alguien de
tener un sueldo. Las decisiones se toman de forma rápida, ya que usualmente es
el dueño quien tiene las riendas del negocio o bien un grupo reducido que llega
a acuerdos rápidamente.
Desventajas de las pequeñas empresas (Microempresa). La producción de las microempresas suele ser limitada. Tienen inconvenientes para conseguir créditos. Su tecnología o equipamiento suele ser escaso, limitado y poco evolucionado, por lo que requiere mayor esfuerzo de sus trabajadores. Los trabajadores pueden carecer de formación y especialización. Su producción tiende a ser limitada, en algunos casos para consumo inmediato que responde a las necesidades del contexto inmediato. Los trabajadores de la empresa no suelen tener demasiadas estructuras de jerarquía y están alejados de los modelos corporativos que caracterizan a las grandes empresas (Editorial Etece, 2021, p. 78).
Sin embargo, enfrentan
muchos desafíos, la falta de recursos financieros y humanos pueden dificultar
el crecimiento y desarrollo de una empresa, además de las desventajas a la hora
de competir con grandes empresas en términos de precios y capacidad de producción.
Existe también como parte de debilidades el incumplimiento de las políticas
empresariales, en muchos casos deficiencia en atención al cliente, falta de financiamiento,
la ausencia de capacitación y algunas deficiencias en el inventario causado por
falta de control interno. Otros aspectos significativos en cuanto a su
financiamiento es el desconocimiento de alternativas de financiamiento y la
facilidad de ajustarlas a sus necesidades y condiciones, falta de información
sobre la tramitación de financiamiento es un tema que compete a la capacitación
que lleva consigo la designación de diferentes puestos de trabajo en cada
empresa, alto muy chocante son los elevados costos de transacción y la
exigencia de elevadas garantías reales por parte de instituciones financieras provocadas
principalmente por la precariedad de los activos con los que cuentan.
A menudo operan con
recursos financieros, tecnológicos y humanos limitados, lo que puede restringir
su capacidad para invertir en innovaciones y competir en igualdad de
condiciones en el mercado. Varias de estas desventajas pueden ser enfrentadas
con creatividad empresarial dirigidas a fortalecer el ecosistema empresarial de
las MIPYMES.
A dos años de la creación de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), Cuba trabaja en un proceso de revisión y actualización de las normas jurídicas que rigen su funcionamiento. Para nada habrá un paso atrás con esa decisión, existe un consenso en avanzar a partir del incremento de los actores económicos en el país. Pero en este proceso de actualización siempre habrá distorsiones que arreglar y conducir (Labacena, 2023, p. 47)
Las normativas que rigen
el comportamiento de los nuevos actores económicos desempeñan un gran papel en
la regulación y el funcionamiento del entorno empresarial. Permiten establecer
un marco legal que busca promover la transparencia, la protección y el desarrollo
sostenible de la actividad económica.
Estas regulaciones buscan salvaguardar la competencia en el mercado
empresarial. Las normativas laborales influyen en el comportamiento de los
actores económicos en relación con la contratación, sus condiciones de trabajo,
los salarios mínimos y otros aspectos.
El comportamiento de las
normativas que afectan a los actores económicos refleja un equilibrio entre la
promoción de la actividad empresarial y la protección de los intereses
sociales. Su aplicación eficaz contribuye a un entorno de desarrollo empresarial
más justo, sostenible y equitativo.
Precisamente, el
asesoramiento jurídico a los nuevos actores económicos es uno de los grandes
retos que existen en el país que defiende lo que expresamente está en la
Constitución de la República: que el ente principal de nuestra economía es y
será la empresa estatal socialista. Existen otros desafíos como el
asesoramiento a los Gobiernos municipales y provinciales, en el
perfeccionamiento de los proyectos locales, de la contratación económica, la
inversión extranjera, la administración pública, así como los servicios legales
a las sociedades mercantiles (Labacena, 2023).
Estos nuevos actores
económicos, a pesar de divergir y traspasar barreras en nuestro sistema
jurídico y económico, son una parte importante de la economía global y juegan
un papel vital en el crecimiento económico y la creación de empleos en cada
territorio. A pesar de los desafíos que enfrentan y en aras de un futuro
perfeccionamiento legislativo, continúan siendo una fuente importante de
innovación y emprendimiento en todo el mundo.
A modo de conclusión las
micros pequeñas y medianas empresas nos ha reflejado en su legislación cuando
estamos en presencia de alguna de estas. Estas tienen varias limitaciones en su
desarrollo lo que le impide a su vez una mejor organización, también presenta
similares dificultades para la ejecución y a su vez consta de grandes ventajas
y desventajas ya que se adaptan fácilmente a los nuevos cambios y
transformaciones que se realizan a su entorno. Pero estos desafíos le sirven a
su vez para trabajar aún más en mejorar esos problemas y obtener un
comportamiento sostenible y equitativo en el desarrollo de su economía,
logrando cada vez más un mejorado perfeccionamiento.
Los nuevos actores económicos se han revalorizado en
el mundo por el rol en la economía y para la sociedad en particular por su
potencial para generar empleo en nuestro país y así aumentar la economía del mismo y ampliar la base del sector privado. Así como el
dinamismo de una economía depende de la capacidad de emprender, sostener y
permitir que crezcan los negocios, algo que resulta una asignatura pendiente en
el currículum universitario de la Universidad de Ciego de Ávila Máximo Gómez
Báez.
Las MYPIMES generan políticas de competencia para
modificar la relación de poder en las cadenas productivas, estableciendo un
diálogo para definir las políticas y apostando por el desarrollo de capacidades
no solo en Cuba sino en América Latina.
La implementación de nuevas regulaciones nos permiten
conocer y lograr un mayor desarrollo equitativo y sostenible de los nuevos
actores económicos. Estas regulaciones están marcadas por las directrices de su
sistema económico el cual ha experimentado transformaciones significativas,
aunque en la actualidad se han experimentado reformas haciéndose necesario
resolver algunas limitaciones fundamentales para el desarrollo sostenible de
las MIYMES, lo que a su vez contribuirá al crecimiento económico, la innovación
y la creación de empleo en diversos sectores.
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